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Convenio histórico sobre riesgos biológicos en el trabajo marca un nuevo rumbo para la seguridad y salud en el trabajo

  • Foto del escritor: Ricardo Alonso Rivera Beltran
    Ricardo Alonso Rivera Beltran
  • 21 jun
  • 4 Min. de lectura
Riesgos biológicos
Fuente: https://www.ilo.org/es/resource/news/ilc/113/la-oit-adopta-un-convenio-historico-sobre-los-peligros-biologicos-en-el

Ginebra, 13 de junio de 2025 — La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha adoptado el primer convenio global jurídicamente vinculante que aborda de manera específica los riesgos biológicos en el entorno laboral. La decisión fue tomada durante la 113.ª Conferencia Internacional del Trabajo (CIT), celebrada en Ginebra del 2 al 13 de junio de 2025, y representa un hito crucial en la protección de la salud de los trabajadores en todos los sectores económicos.



¿Qué se adoptó y por qué es importante?

El nuevo Convenio núm. 192 sobre los peligros biológicos en el entorno de trabajo insta a los Estados a desarrollar políticas nacionales e implementar medidas preventivas específicas para reducir la exposición de los trabajadores a estos agentes invisibles pero peligrosos.

Junto con el convenio, se aprobó también la Recomendación núm. 209, proporciona orientación detallada sobre la aplicación, incluyendo la evaluación de riesgos, sistemas de alerta temprana, medidas de preparación y respuesta (por ejemplo, en caso de brotes, epidemias o pandemias) y formación. También profundiza en la definición de los peligros y riesgos biológicos y enumera rutas específicas de exposición y transmisión, como las vías aéreas, por contacto o por vectores.



Claves del Convenio 192


¿Qué son los peligros biológicos y su exposición en el entorno de trabajo?


Peligros biológicos: se refiere a todos los microorganismos, células o cultivos celulares, endoparásitos o entidades microbiológicas no celulares, incluyendo los que han sido modificados genéticamente, y a sus alérgenos y toxinas asociados, así como a alérgenos, toxinas e irritantes de origen vegetal o animal, cuando la exposición se produzca en el ámbito del trabajo, que puedan causar daños para la salud humana. Los daños para la salud humana causados por la exposición a peligros biológicos en el entorno de trabajo incluyen enfermedades y lesiones.


Exposición a peligros biológicos en el entorno de trabajo: se refiere a un suceso durante el cual un trabajador entra en contacto con peligros biológicos en el entorno de trabajo o se encuentra cerca de ellos. Esta exposición incluye las actividades relacionadas con el trabajo y las situaciones de salud pública. La posibilidad de que se produzca una infección o daño está intrínsecamente vinculada a los modos de transmisión y a las vías de exposición, que deberán tenerse en cuenta a la hora de diseñar estrategias y medidas de prevención apropiadas.


La Recomendación 209 detalla más de una docena de enfermedades y mecanismos de transmisión, incluyendo infecciones como tuberculosis, hepatitis viral, leptospirosis y afectaciones por exposición a toxinas de hongos y plantas.



Obligaciones y acciones recomendadas ante riesgos biológicos


A nivel nacional

El convenio obliga a los países a:

  • Integrar los riesgos biológicos en sus políticas de SST.

  • Establecer sistemas de alerta temprana y respuesta ante brotes.

  • Coordinar con autoridades de salud pública y medio ambiente.

  • Proteger a denunciantes de irregularidades en bioseguridad.


La recomendación agrega pautas como:

  • Clasificar los peligros según nivel de riesgo.

  • Asegurar la bioseguridad en laboratorios, biotecnología y servicios funerarios.

  • Establecer medidas para proteger a grupos vulnerables como embarazadas, inmunodeprimidos y trabajadores jóvenes.


A nivel organizacional

¿Qué deben hacer los empleadores?

  • Evaluar y controlar la exposición a riesgos biológicos.

  • Proporcionar equipo de protección adecuado.

  • Capacitar e informar al personal de manera clara y constante.

  • Establecer planes de respuesta ante emergencias biológicas.

  • Coordinar acciones si hay múltiples empresas en el mismo sitio.



Derechos y participación de los trabajadores

Los trabajadores tienen derecho a:

  • Detener tareas si hay un riesgo inminente.

  • Ser informados y capacitados sobre los riesgos biológicos.

  • Participar en evaluaciones, investigaciones y planificación de medidas preventivas.

  • Ser protegidos contra represalias, despidos injustificados o discriminación.



¿Qué sectores están más expuestos?

Según la Recomendación 209, estos sectores requieren especial atención:

  • Salud

  • Agricultura y alimentos

  • Limpieza y manejo de residuos

  • Construcción

  • Laboratorios

  • Biotecnología y farmacéutica

  • Servicios funerarios y transporte

  • entre otros.


Además, se reconoce que la exposición puede aumentar en emergencias sanitarias, como epidemias o pandemias, por lo que se deben prever mecanismos de aislamiento, cuarentena y continuidad operativa.


Implicaciones para México y América Latina

México, con una gran población laboral en sectores agrícolas, sanitarios y de servicios públicos, enfrenta retos específicos para adoptar este marco normativo.

La implementación del Convenio y la Recomendación pueden servir como base para actualizar la legislación nacional y fortalecer protocolos de bioseguridad.


Datos clave del Convenio y la Recomendación

  • Convenio 192: Obligatorio tras ratificación, marco legal para SST frente a riesgos biológicos.

  • Recomendación 209: Detalla aplicación técnica, identifica sectores prioritarios, sugiere acciones frente a brotes.

  • Ambos adoptados: 13 de junio de 2025, en Ginebra.

  • Aplicación: Todos los sectores económicos, con excepciones justificadas.



Una mirada al futuro: ¿y ahora qué?

El Convenio 192 y la Recomendación 209 abren la puerta a una nueva cultura de prevención biológica en el trabajo. El siguiente paso es que los países ratifiquen estos instrumentos y adapten su marco normativo.

¿Estamos preparados para una estrategia nacional de bioseguridad laboral?


Fuente:

Organización Internacional del Trabajo. (2025). Convenio sobre la prevención y la protección frente a los peligros biológicos en el entorno de trabajo (Convenio núm. 192). 113.ª Conferencia Internacional del Trabajo. https://www.ilo.org/es/resource/record-decisions/convenio-sobre-la-prevencion-y-la-proteccion-frente-los-peligros-biologicos



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