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Ley Silla en México: Garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral

  • Foto del escritor: Ricardo Alonso Rivera Beltran
    Ricardo Alonso Rivera Beltran
  • 22 sept
  • 6 Min. de lectura
Ley Silla

¿Sabes lo que se siente llegar a casa con los pies agotados, la espalda adolorida y la sensación de que tu cuerpo te está cobrando la factura de un día entero de pie?

Muchos trabajadores mexicanos lo viven a diario. En un mundo donde la ergonomía y el bienestar son cada vez más valorados, ¿cómo es posible que miles de personas sigan realizando sus labores sin la oportunidad de tomar un breve descanso en una silla?


La buena noticia es que, a partir de este año, las reglas del juego están cambiando. La

Ley Silla en México, un tema que ha cobrado gran relevancia, ya no es solo una idea, sino una realidad con normas claras que buscan proteger tu salud y mejorar tus condiciones de trabajo. Pero, ¿qué implica realmente esta ley? ¿A quién aplica? Y, más importante aún, ¿cómo se aseguran los empleadores de cumplirla para evitar riesgos y, de paso, aumentar la productividad? Acompáñanos a descubrirlo todo.



¿Qué es la Ley Silla y por qué es tan importante?


La Ley Silla es un decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de diciembre de 2024 y entró en vigor el 17 de junio de 2025.

Su objetivo principal es asegurar que los empleadores proporcionen el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a todos los trabajadores en sectores como servicios, comercio, centros de trabajo análogos, y en establecimientos industriales cuando la naturaleza del trabajo lo permita.

Esta ley es una respuesta directa a los problemas de salud asociados con la

bipedestación prolongada, que es la postura de estar de pie por más de tres horas continuas. Los riesgos son reales y graves: sobrecarga muscular y articular, dolor de piernas y lumbar, fatiga, problemas cardiovasculares e incluso consecuencias para la salud relacionadas con el embarazo.


Al garantizar el derecho al descanso y a sentarse periódicamente, se busca reducir estos riesgos y promover un ambiente laboral más digno y saludable.



Disposiciones Clave de la Ley Silla


Para que esta ley sea efectiva, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió disposiciones específicas que detallan los requisitos que deben seguir los empleadores. A continuación, te explicamos los puntos más relevantes.


Obligaciones del Empleador

Si eres empleador, esta sección es crucial. La ley establece una serie de pasos obligatorios para garantizar el cumplimiento:

  1. Análisis de riesgos: El empleador debe realizar un análisis detallado del puesto de trabajo utilizando un diagrama específico para determinar si la persona trabajadora realiza actividades en bipedestación estática o dinámica, si la bipedestación es prolongada, y si puede realizar sus actividades sentada. Este análisis se debe integrar al diagnóstico y programa de seguridad y salud en el trabajo.

    Ley Silla
    Figura 1. DISPOSICIONES sobre los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación en los sectores de servicios, comercio, centros de trabajo análogos y establecimientos industriales.
  2. Registro y documentación: Es indispensable registrar en las actas de la Comisión de Seguridad e Higiene los riesgos identificados para cada trabajador que labora de pie. Para facilitarte esta tarea, hemos preparado un formato de descarga que te ayudará a recabar la información necesaria, incluyendo:

    • Datos generales del centro de trabajo.

    • Tipo de bipedestación (estática, dinámica o prolongada) y el tiempo que el trabajador permanece en esa postura.

    • Malestares reportados y otros factores individuales (como edad o género).


    👉 Descarga aquí el formato para el Registro de Condiciones de Trabajo en Bipedestación:


  1. Determinación del riesgo y puntaje: Se debe determinar el nivel de riesgo de cada persona mediante un sistema de puntaje basado en siete factores. La suma de los puntos clasifica el riesgo en: bajo (7 puntos), medio (8-14 puntos) o alto (15-21 puntos).


    ¡Para facilitarte este paso, hemos creado una herramienta! Respondiendo a las siete preguntas clave, podrás determinar de manera sencilla el nivel de riesgo.


    👉 Descarga aquí la herramienta para la determinación del riesgo por bipedestación: 


  1. Provisión de asientos adecuados: Con base en el nivel de riesgo, el empleador debe proveer el asiento o silla con respaldo más adecuado. Las opciones incluyen:

    • Banco alto o tipo perchero: para apoyo ocasional.

    • Silla alta con respaldo medio: para alternar posturas.

    • Silla ergonómica ajustable: si la tarea se puede realizar sentado.

    • Reposapiés: si la altura del asiento lo requiere.


    El mobiliario debe cumplir con características ergonómicas como respaldo, soporte lumbar, capacidad de ajuste y estabilidad.


  2. Medidas complementarias: Además de las sillas, los empleadores deben implementar otras medidas de prevención, como:

    • Adecuar las estaciones de trabajo para permitir el uso de sillas.

    • Proporcionar calzado ergonómico.

    • Establecer pausas activas y alternar tareas.

    • Acondicionar pisos con superficies que amortigüen.

    • Informar a los trabajadores sobre los riesgos y medidas preventivas.

    • Canalizar a atención médica al personal que lo necesite.


Obligaciones del Trabajador

¡El cumplimiento es un trabajo en equipo! Los trabajadores también tienen responsabilidades importantes, como:

  • Proporcionar la información necesaria para el análisis de riesgos.

  • Participar en la capacitación sobre el uso y cuidado del asiento proporcionado.

  • Utilizar y cuidar el mobiliario adecuadamente.

  • Informar sobre cualquier anomalía en la silla para que se le dé mantenimiento o se reemplace.

  • Mantener el orden y la limpieza de sus áreas de trabajo y descanso.

  • Someterse a los exámenes médicos que correspondan.



¿Cuándo entran en vigor las inspecciones?

Aunque la Ley Silla entró en vigor el 17 de junio de 2025, el decreto otorgó a las empresas 180 días naturales para adecuarse y cumplir con las nuevas disposiciones. Esto significa que las inspecciones para verificar el cumplimiento por parte de la STPS iniciarán a partir del 15 de diciembre de 2025.

Además de revisar la implementación de las sillas, los inspectores también verificarán que los reglamentos internos de las empresas se hayan actualizado para incluir las pausas obligatorias y su duración.



¿Qué pasa si mi trabajo es de pie, pero no tengo una silla?

La ley es clara: si la naturaleza del trabajo no permite el uso de una silla en el puesto de trabajo (por ejemplo, en una línea de producción en movimiento), el empleador está obligado a proveer un asiento con respaldo en un lugar cercano o dentro del centro de trabajo, y se deben establecer las pausas y el tiempo para que puedas usarlo.

El objetivo no es que un cajero o un vigilante esté sentado todo el día, sino que tenga la posibilidad de sentarse periódicamente para descansar. Esto promueve un trabajo digno y, como demuestran varios estudios, un trabajador descansado y cómodo es mucho más eficiente y productivo.


La nueva Ley Silla es un gran paso para mejorar las condiciones laborales en México. No solo beneficia a los trabajadores, sino que también crea una cultura de seguridad y bienestar que se traduce en mayor productividad, menos ausentismo y un ambiente de trabajo más positivo para todos.


¿Crees que esta ley cambiará significativamente la vida de quienes trabajan de pie? ¡Comparte tu opinión en los comentarios!



Referencias

  • Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2024, 19 de diciembre). DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5745676&fecha=19/12/2024#gsc.tab=0

  • Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2025, 17 de julio). DISPOSICIONES sobre los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación en los sectores de servicios, comercio, centros de trabajo análogos y establecimientos industriales. Diario Oficial de la Federación. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5763187&fecha=17/07/2025&print=true

  • Secretaría del Trabajo y Previsión Social. (2025). Presentación: Ley Silla. México Trabajo.



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